Servicios de La Dolorosa
Tanatorios y velatorios
Disponemos de una amplia red en la Provincia de Salamanca.
Féretros
Ofrecemos más de quince modelos de ataúdes de la más alta calidad.
Incineración
La incineración o cremación es una alternativa cada vez más solicitada.
Esquelas
Con la esquela se comunica a los allegados el fallecimiento.
Floristería
Ofrecemos más de quince modelos de ataúdes de la más alta calidad.
Lápidas e inscripciones
Nos encargaremos de realizar el trabajo en cualquier cementerio.
Asistencia jurídica
Profesionales especializados se encargan de prestar la asistencia.
Ceremonias
Con total libertad según sus propias creencias y convicciones.
Atención Psicológica
Es gratuito y se ofrece en las instalaciones del mismo Tanatorio.
Garantía de calidad
Como garantía de calidad para las familias, La Dolorosa asume los compromisos establecidos en el DECÁLOGO DEL PROFESIONAL FUNERARIO
1. Legalidad.
El profesional funerario debe actuar siempre conforme a la legalidad vigente y a las normas jurídicas específicas, respetando en todo momento los derechos y la dignidad de las personas afectadas y teniendo la obligación de estar al corriente de los cambios normativos para asegurar siempre el mejor servicio a sus clientes.
2. Calidad y profesionalidad.
El profesional funerario cualificado es elemento imprescindible de las empresas funerarias para cumplir los requisitos de calidad y profesionalidad exigidos por la normativa vigente a la hora de prestar sus servicios.
3. Libertad de elección.
El profesional funerario respetará la libertad de elección realizada por la familia o allegados del fallecido y velará porque la misma sea efectiva en todo momento.
4. No discriminación
El profesional funerario debe tratar por igual y con la misma consideración a todos los fallecidos, familiares y allegados, independientemente de su nacionalidad, situación socio-económica y/o convicciones religiosas.
5. Independencia e integridad
El profesional funerario actuará siempre con independencia de criterio, de forma honesta y veraz en el desempeño de su profesión, aconsejando a las familias de acuerdo con lo más conveniente para sus intereses.
6. Confidencialidad.
El profesional funerario viene obligado por el derecho y deber de guardar siempre y en todo caso el secreto profesional, y la protección de datos, incluso después de prestar sus servicios.
7. Comportamiento ético.
Las empresas funerarias y los profesionales funerarios que las conforman trabajarán siempre de forma ética y evitarán cualquier actuación que pueda vulnerar los derechos de las familias o que puedan empañar la reputación, dignidad e imagen del sector.
8. Colaboración profesional.
Los profesionales del sector funerario deben colaborar con todas las instituciones sectoriales existentes que trabajen con el objetivo de mejorar y avanzar en el ejercicio de la profesión.
9. Competencia leal en favor del consumidor.
El profesional funerario debe trabajar y fomentar la libre competencia, ajustando en todo momento sus actuaciones a las normas que regulan el sector y defendiendo siempre los derechos de los consumidores y usuarios.
10. Preservación de la salud pública.
Los profesionales funerarios integrados en las empresas funerarias forman parte del sistema de salud pública y, por tanto, deben cumplir y respetar las normas de salud pública en todas y cada una de sus actuaciones.
Resolución de conflictos
LA DOLOROSA está adherida al Sistema Arbitral de Consumo.
Este procedimiento permite resolver las controversias que pueden surgir entre empresas y consumidores-
sin necesidad de acudir a los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Se caracteriza por su:
• VOLUNTARIEDAD: Las partes se adhieren libremente al Sistema Arbitral para quedar vinculado a las resoluciones.
• GRATUIDAD: El procedimiento es totalmente gratuito para las partes.
• EFICACIA Y FIRMEZA: La cuestión suscitada se resuelve mediante laudo sin necesidad de tener que recurrir a la vía judicial ordinaria, con carácter
vinculante para las partes.
• IGUALDAD DE LAS PARTES: Manifestada tanto en la composición tripartita de los Colegios Arbitrales, como en el propio desarrollo del procedimiento
Arbitral, que está sometido a los principios de audiencia, contradicción e igualdad.